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Trabajadores de colegios privados ya no gozarán beneficios del Irtra

El Instituto de Recreación de los Trabajadores (IRTRA) emitió un comunicado que aclara que el IRTRA o cualquier institución, incluyendo el gobierno, no puede cobrar un impuesto al sector educativo del país y es por esta razón que se excluye del pago del impuesto de recreación a los colegios y universidades, pues la Constitución le da un beneficio especial al sector educativo.
Este año, el Congreso de la República aprobó el Decreto 9-2024, que actualiza las reformas a la Ley de Creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores y se creía que por esto que se hacia el cambio.
Sin embargo, las autoridades confirmaron que no es así y se explicó que, desde la fundación de instituto se dictaminó que las entidades que se dedican a actividades sin fines de lucro o labores sociales, como asociaciones, fundaciones, iglesias, organizaciones no gubernamentales (ONG) y centros educativos, están exentas del pago del impuesto de recreación. Esto significa que el Irtra no puede exigirles el pago de la cuota de afiliación.
Para facilitar la transición y no perjudicar de manera inmediata, los empleados que posean carné vigente podrán continuar disfrutando de los beneficios hasta su fecha de expiración. Una vez vencido el carné, ya no se renovarán.














