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Congreso reforma ley para que partidos políticos solo puedan ser suspendidos bajo la Ley Electoral
Durante la sesión ordinaria, 127 diputados aprobaron el Decreto 34-2024, que reforma el Artículo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada. Esta modificación elimina la facultad de suspender provisionalmente la personería jurídica de los partidos políticos durante procesos penales.
Con 125 votos favorables, la iniciativa de ley 6485 fue conocida y aprobada de urgencia nacional, por lo que las organizaciones políticas estarán sujetas únicamente a la Ley Electoral y de Partidos Políticos en caso de suspensión o cancelación.
El reformado artículo 82 ahora establece que la suspensión provisional de personas jurídicas solo aplicará con autorización judicial por un plazo máximo de un año, siempre que estén vinculadas a hechos ilícitos. Sin embargo, se excluye a organizaciones políticas y personas jurídicas de derecho público, que tienen su regulación específica.
El Decreto 34-2024 será enviado al Presidente de la República para su sanción o veto, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.
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