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SAT aclara dudas sobre la unificación del CUI y NIT

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La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) aclaró sobre la implementación progresiva de la armonización entre el Código Único de Identificación (CUI) y el Número de Identificación Tributaria (NIT).

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Según la SAT este proceso tiene como objetivo simplificar los trámites administrativos y fortalecer la conectividad entre entidades del Estado.

La medida responde al mandato de la Ley del Registro Nacional de las Personas (RENAP), la cual establece que todas las dependencias del Estado deben adoptar un único número para identificar a las personas naturales.

En línea con esto, la SAT emitió la resolución SAT-DSI-393-2025, que dispone la adopción de los primeros nueve dígitos del CUI como NIT para los nuevos inscritos en el Registro Tributario Unificado (RTU).

Un proceso gradual y sin costo para los contribuyentes

El superintendente en funciones aseguró que esta transición es automática, interna y sin costos adicionales para los contribuyentes. Las personas que ya cuentan con un NIT podrán seguir utilizando ambos números indistintamente, sin que esto afecte sus gestiones ante la SAT.

Desde octubre de 2023, todos los nuevos registros de personas individuales en la SAT reciben automáticamente un NIT basado en los primeros nueve dígitos de su CUI. Hasta la fecha, 543,236 contribuyentes ya han sido incorporados bajo este formato.

Beneficios de la armonización CUI-NIT

Entre las principales ventajas de esta medida las autoridades tributarias mencionaron:

  • Simplificación de trámites para contribuyentes e instituciones públicas.
  • Mayor uniformidad en los registros estatales.
  • Interconectividad eficiente entre entidades gubernamentales.
  • Optimización de recursos y avance hacia un gobierno digital.
  • Mayor transparencia en actividades económicas y administrativas.

SAT aclara dudas sobre el proceso

Ante cuestionamientos en redes sociales, la SAT enfatizó que:

  • Las transferencias bancarias no generan impuestos automáticos ni cobros adicionales.
  • No se accede a información bancaria de los contribuyentes, salvo por orden judicial.
  • No implica la creación de nuevos impuestos, ya que esto es competencia exclusiva del Congreso de la República.
  • No se inscribirá a contribuyentes de oficio, sino que el objetivo es facilitar gestiones y promover una cultura tributaria.
Anaité Álvarez

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