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Ley de Ciberseguridad en Guatemala: cinco puntos para entender qué cambia

El Congreso de la República aprobó de urgencia nacional la Ley Marco de Ciberseguridad, Decreto 26-2026, con 121 votos a favor durante la sesión del martes 3 de noviembre.
La nueva legislación establece medidas para prevenir ataques informáticos, investigar delitos cometidos mediante sistemas digitales y proteger la información de las instituciones públicas.
También contempla sanciones para quienes ingresen sin autorización a sistemas informáticos, intercepten comunicaciones o utilicen la identidad de otras personas en entornos digitales.
Estos son cinco puntos para entender qué establece la ley y cómo funcionará en Guatemala.
1. ¿Qué delitos informáticos tendrán penas de prisión?
La ley incorpora sanciones para distintas conductas relacionadas con el uso ilegal de sistemas y datos informáticos.
Entre las penas establecidas se encuentran:
- Acceder sin autorización a sistemas informáticos: de 4 a 6 años de prisión.
- Interceptar ilegalmente comunicaciones digitales: de 5 a 8 años.
- Dañar, borrar o alterar datos informáticos sin autorización: de 5 a 7 años.
- Obstaculizar intencionalmente el funcionamiento de sistemas informáticos: de 5 a 8 años.
- Falsificar información mediante sistemas digitales: de 2 a 6 años.
- Apropiarse de la identidad de otra persona en medios digitales: de 3 a 6 años.
La normativa también contempla el fraude informático y el uso indebido de dispositivos. Las sanciones pueden aumentar cuando los delitos afecten infraestructura digital crítica.
2. ¿Quién investigará los delitos digitales?
El Ministerio Público contará con una fiscalía especializada para investigar este tipo de delitos.
También se contempla una unidad de informática forense en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), encargada de apoyar el análisis de evidencia digital.
Además, habrá órganos judiciales especializados y una red de contacto permanente, denominada Red 24/7 Guatemala, para facilitar investigaciones y cooperación con otros países.
3. ¿Cómo se atenderán los ataques informáticos?
La ley crea el Consejo Nacional de Ciberseguridad (Conciber), que será presidido por el presidente de la República y estará integrado por autoridades de seguridad e inteligencia.
También establece la Dirección Nacional de Ciberseguridad (Diciber), adscrita al Ministerio de Gobernación.
Estas instancias tendrán funciones de coordinación y respuesta ante amenazas digitales. La normativa también fija procedimientos y plazos para reportar incidentes informáticos.
4. ¿Qué pasará con las pruebas de los delitos digitales?
La legislación establece procedimientos para obtener y conservar información que pueda utilizarse como evidencia durante una investigación.
Esto incluye datos y registros digitales relacionados con posibles delitos informáticos.
También contempla mecanismos de cooperación internacional para investigar hechos que involucren sistemas o personas ubicadas en distintos países.
5. ¿Se enseñará ciberseguridad en las escuelas?
Sí. La ley establece que el Ministerio de Educación deberá incorporar contenidos de ciberseguridad en el Currículo Nacional Base.
También contempla programas de capacitación y prevención, además de una mesa técnica en la que participarán instituciones públicas, empresas, universidades y organizaciones de la sociedad civil.
¿Cuándo entrará en vigor la Ley Marco de Ciberseguridad?
El Decreto 26-2026 comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Diario de Centro América (DCA).
A partir de su entrada en vigor, el Ministerio de Gobernación tendrá seis meses para aprobar el reglamento correspondiente.
Durante la aprobación, los diputados incorporaron 20 modificaciones a la normativa, entre ellas cambios en las penas de prisión, los procedimientos para preservar evidencia digital y las disposiciones para reportar ataques informáticos.












