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Guatemala Departamento

Salud: Publican reglamento de compensación por el uso de vacunas contra el COVID-19

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El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social publicó este martes, en el Diario de Centro América, el Acuerdo 150-2021 que contiene el Reglamento del Mecanismo de compensación por el uso de vacunas contra el COVID-19 que posean autorización de uso de emergencia debido a la pandemia del coronavirus en Guatemala, en el que incluye el procedimiento para efectuar reclamos.

Este reglamento tiene como objeto establecer las condiciones, procedimientos, y plazos a ser verificados por el Comité de Reacciones Adversas Serias a las vacunas, así como la institución del Sector Salud que corresponda, derivado de los eventos supuestamente atribuibles a la vacunación que sean puestos del conocimiento de las autoridades de esa cartera.

En el artículo 5 del reglamento se destaca que todo Esavi debe notificarse inmediatamente por medio de ficha de notificación de Esavi, la cual se encuentra disponible en https://mspas.gob.gt documento en el que se incluye toda la información disponible del caso, directamente por el personal médico, distrito municipal de salud, epidemiólogo del hospital o institución o comité de farmacovigilancia de la institución según corresponda.

Qué deben presentar

Los reclamantes deben acudir a la Dirección de Área de Salud que les haya notificado sobre la reacción adversa y deben presentar lo siguiente:

a) En caso de ser la persona afectada

  1. Formulario de solicitud que le será proporcionado por la citada Dirección de Área de Salud, debidamente firmado, o con impresión dactilar de la persona afectada.
  2. Fotocopia legalizada de su Documento Personal de Identificación
  3. Constancia de vacunación contra el covid-19 en original
  4. El dictamen, en original, que le fue notificado

b) En caso de ser representante legal o familiar del afectado
Además de los documentos citados en el inciso a, también deberán adjuntar.

  1. En cuanto al representante legal, el documento en fotocopia legalizada con que acredite tal calidad, con la razón de inscripción en el respectivo registro.
  2. Respecto a los familiares dentro de los grados de ley, una certificación en original y vigente, emanada del Registro Nacional de las Personas de Guatemala

Trámite de pago

Luego de recibido el expediente por la dependencia financiera interna de la Dirección de Área de Salud procederá a efectuar los procedimientos financieros y/o contables necesarios para efectuar el pago correspondiente.

 

Elvis Hidalgo

Periodista

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