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Guatemala Departamento

Publican Ley de Emergencia por el Covid-19 en Guatemala

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En el diario oficial fue publicada la Ley de Emergencia Nacional para Atención de la Pandemia COVID-19. La normativa entrará en vigencia oficialmente el miércoles 22 de septiembre y estará activa hasta el próximo 31 de diciembre.

La ley contempla lo siguiente: 

 

1. Incremento presupuestario:

Se autorizó un incremento al presupuesto al Ministerio de Salud de Q1,878 millones que deberán utilizarse para la contratación de más personal, compra de medicamentos, insumos y kits para pacientes positivos.

 

2. Agilizan compras y establecen precios de referencia

Se permite Salud realizar compras rápidas utilizando la oferta electrónica, hasta por un monto de 2 millones de compra por producto. Además, se permite utilizar el contrato abierto de Salud, reduciendo plazos y hasta una prórroga contractual. Permite adjudicar a concursos con un oferente, y se permite al Ministerio de Salud y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) utilizar sus contratos abiertos cuando lo requieran por alguna emergencia.

Ante las quejas de cobros indebidos, también se aprobó la publicación de un listado de precios de referencia de medicamentos relacionados para atender la pandemia y el costo de servicios hospitalarios privados que permitan a la población acudir a los lugares o comprar de acuerdo a sus ingresos económicos.

3. Contratación y Bono a Salubristas:

Se contempla reducir los requisitos y permitir la contratación excepcional de recurso humano incluyendo médicos generales y especialistas, paramédicos, enfermeras de escuelas privadas y públicas, técnicos, estudiantes de medicina y enfermería con pénsum cerrado, así como médicos extranjeros.

También se autorizó un bono único de Q2 mil a todos los trabajadores del Ministerio de Salud.

4. Transparencia:

La Contraloría General de Cuentas (CGC) deberá nombrar comisiones de auditoría para verificar y fiscalizar las compras que se hagan en todo su proceso.

Además, el IGSS y Salud estarán obligados a remitir informe de todas las compras que realicen al Congreso, a la instancia de Jefes de Bloques, a la Comisión de Salud y Probidad, a la CGC y a la Comisión de Transparencia.

Y se creará un programa presupuestario denominado Ley de Emergencia Nacional para la Atención de la Pandemia Covid-19 que registre todos los gastos y puedan ser fiscalizados por la población.

 

5. Registros sanitarios:

Se ordena al Departamento de Regulación y Control de Calidad de Productos Farmacéuticos y Afines, realizar de manera expedita los registros de moléculas nuevas, renovaciones y productos afines para atender y tratar a pacientes con Covid-19.

 

6. Becas para estudiantes:

El Ministerio de Salud deberá pagar salario mínimo no agrícola (Q2,825.10 mensuales) a los estudiantes de medicina que prestan sus servicios para atender a pacientes con Covid-19 y que realizan prácticas en los diferentes niveles de atención de salud.

 

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7. Bienes de narcos y corruptos:

El Ministerio de Salud y el IGSS podrán coordinar con la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Senabed) la entrega temporal de los bienes extintos a personas condenadas o en procesos judiciales que puedan ser utilizados como hospitales temporales para atender a pacientes con Covid-19. 

Para ello el Ministerio de Finanzas deberá remitir a Salud y al Congreso el inventario de predios o bienes inmuebles del Estado que puedan ser utilizados para este fin.

 

8. Hospital temporal:

La ley contempla permitir a Salud disponer de las áreas que sean necesarias del Parque de la Industria para ampliar el hospital temporal sin costo alguno y sin condiciones.

 

9. Vacunación para menores entre 12 y 17 años

Con la ley, el Congreso autorizó el inicio de la vacunación de menores de 12 a 17 años, a quienes se les debe de garantizar la conclusión de su esquema completo.

También se obliga a actualizar las disposiciones relacionadas con los aforos, cordones sanitarios, pruebas de diagnóstico, con el fin de buscar la reducción de contagios. Asimismo, se pide al Ministerio de Trabajo que promueva la labores a distancia para evitar contagios.

 

10. Permiso laboral:

Las empresas estarán obligadas a conceder permiso con goce de salario a sus trabajadores para que asistan a centros de vacunación autorizados. Siempre que presenten constancia de vacunación.

Redaccion

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