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Restricción de circulación de transporte pesado para Semana Santa
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) a través del Acuerdo Ministerial 303-2023 dio a conocer la restricción de circulación de transporte pesado durante la Semana Santa.
De acuerdo con dicho acuerdo, la restricción de circulación del transporte de carga pesada estará vigente del miércoles 5 de abril a partir de las 12:00 horas, al domingo 9 de abril a las 24:00 horas.
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En ese sentido, esta medida exceptúa al transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas, alimentos y grúas por ser un equipo de servicio.
Para ello, este tipo de transporte podrá circular sin problema y sin necesidad de contar con permisos especiales, únicamente dentro de estas rutas:
- del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
- del kilómetro 80 carretera CA-09-SUR a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR.
En caso de que no se cumpla con la disposición contenida en el presente acuerdo, se sancionará de conformidad con las leyes vigentes.
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