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Nacionales

Publican restricciones de circulación para transporte de carga pesada en Semana Santa

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Trailes

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial Número 538-2025, mediante el cual se establece el horario de restricción para la circulación del transporte de carga pesada durante el período de descanso por Semana Santa en todo el país.

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El acuerdo establece que la restricción aplicará desde las 12:00 horas del miércoles 16 de abril hasta las 24:00 horas del domingo 20 de abril de 2025.

Además aclara que quedan excentos de esta disposición los vehículos que transporten productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados y grúas, por tratarse de equipo de servicio.

Asimismo, se detalla que se considera transporte de carga pesada a aquellos vehículos con un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas.

Según el artículo 3 del acuerdo, no será necesario portar un permiso especial para circular, siempre que el transporte esté dentro del listado exceptuado. Bastará con presentar la documentación que respalde el traslado del producto o equipo.

Para mayor control, las empresas y transportistas podrán ingresar al portal de la Dirección General de Transportes (https://dgt.gob.gt) para registrar la información de cada traslado y generar un código QR, el cual podrá ser presentado a las autoridades de tránsito como respaldo.

El Acuerdo Ministerial entrará en vigencia el próximo 9 de abril de 2025.

Anaité Álvarez

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