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Atención pilotos: a partir del 2 de marzo multarán a quienes no cumplan con esta medida

A partir del 2 de marzo de 2026, las autoridades comenzarán a imponer multas a pilotos de transporte pesado y buses extraurbanos que no cuenten con limitadores de velocidad instalados en sus unidades.
Según detalló la Dirección de Protección y Seguridad Vial (Provial), hasta el momento únicamente 12,127 vehículos cuentan con este sistema, lo que representa apenas el 4.67% del total de camiones y unidades de transporte colectivo que deben cumplir con la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial.
Las autoridades recordaron que esta medida no es reciente. La ley fue aprobada en 2016, posteriormente tuvo modificaciones y su normativa fue establecida en 2019, año en el que se otorgó el plazo para que los pilotos y propietarios instalaran los limitadores de velocidad.
Desde 2019 ya se contemplaban sanciones para quienes incumplieran con la disposición; sin embargo, será a partir del 2 de marzo de 2026 cuando se comenzarán a aplicar las multas de manera efectiva.
Las sanciones dependerán del conductor y también del tiempo de antigüedad de las unidades de transporte.
*Con información de Arlett González/Azteca Noticias
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