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¿A dónde se destinan los impuestos que se pagan por los combustibles?

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Gasolina
Foto: Archivo

Tras la reciente exoneración temporal de impuestos a los combustibles aprobada por el Congreso de la República, surge una interrogante: ¿a dónde se destinan los recursos que se recaudan por el consumo de gasolina y diésel?

Las normativas que regulan el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) establecen destinos específicos para una parte de los recursos recaudados.

Sin embargo, las leyes establecen las asignaciones de manera general y no determinan necesariamente los proyectos específicos en los que deben utilizarse cada año.

¿A dónde va el IVA?

En el caso del IVA, cuya tasa general es del 12 %, la legislación establece destinos específicos para una parte de lo recaudado.

Por cada Q100 recaudados por concepto de IVA, Q12.50 corresponden a las municipalidades y Q8.33 a los consejos de desarrollo, de acuerdo con las asignaciones establecidas en la legislación.

Además, una parte de estos recursos se destina al financiamiento de programas y proyectos relacionados con educación, salud, infraestructura, seguridad y otros rubros establecidos por la legislación.

El resto de los recursos ingresa al fondo común, desde donde se financian diferentes obligaciones contempladas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.

¿A dónde va el IDP?

A diferencia del IVA, el Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) se cobra mediante una cuota fija por galón.

Por ello, los recursos destinados a las municipalidades y al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) varían según el tipo de combustible.

En el caso del diésel, de cada Q100 recaudados por concepto de IDP, aproximadamente Q77 tienen un destino específico para el CIV, principalmente relacionado con la conservación y mejoramiento de la red vial.

Para la gasolina superior, Q27.66 de cada Q100 recaudados por IDP tienen un destino específico. De ese monto, Q21.28 corresponden al CIV y Q6.38 a las municipalidades.

En el caso de la gasolina regular, Q28.26 de cada Q100 recaudados tienen un destino establecido: Q21.74 para el CIV y Q6.52 para las municipalidades.

La legislación del IDP contempla asignaciones específicas relacionadas con infraestructura y conservación vial. Documentos legislativos también registran destinos para municipalidades y fondos vinculados a la infraestructura vial.

¿Qué ocurre con estos recursos tras la exoneración?

La suspensión temporal aprobada por el Congreso mediante el Decreto 22-2026 elimina el cobro del IVA y del IDP para la gasolina regular, gasolina superior y diésel hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir del 1 de enero de 2027, estos combustibles volverán a estar sujetos a las tarifas ordinarias.

Por ello, la exoneración del IDP implica que durante el período de vigencia de la medida no se recaudarán los montos que normalmente se distribuyen conforme a los destinos específicos establecidos en la legislación, entre ellos los relacionados con infraestructura vial y municipalidades.

La medida modifica temporalmente el flujo de estos recursos, mientras que las asignaciones establecidas por las leyes volverían a aplicarse una vez concluido el período de exoneración.

Con información de Marcos Cahuex para Azteca Noticias.

Anaité Álvarez

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